Consiste en acudir a una notaría y llevarle la minuta a un notario público para que la revise y la eleve a Escritura Pública.
Por lo general los documentos que debemos llevar junto con la minuta son:
- Minuta de constitución.
- Constancia o comprobante de depósito del capital aportado en una cuenta bancaria a nombre de la empresa.
- Inventario detallado y valorizado de los bienes no dinerarios.
- Certificado de Búsqueda Mercantil emitido por la Oficina de Registros Públicos de la inexistencia de una misma o similar razón social.
Una vez elevada la minuta, no se puede cambiar. Al final, se genera la Escritura Pública, Testimonio de Sociedad o Constitución Social, que es el documento que da fe de que la minuta es legal. Ésta debe ser firmada y sellada por el notario.
Gracias por la informacion
ResponderEliminarcuanto tiene de duracion?
ResponderEliminarexactamente la duración de que necesita saber?
Eliminarsi por favor yo deseo la duración de todo este proceso de ELEVAR LA MINUTA A ESCRITURA PÚBLICA aproximadamente.
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